Hemos recibido comunicaciones sobre las recientes inspecciones realizadas en vuestros salones.
Por lo tanto, deseamos recordar algunas obligaciones legales para que podáis operar siempre con total seguridad y respetando la normativa vigente. Desde el 1 de septiembre de 2025, está en vigor el Reglamento (UE) 2025/877, que prohíbe el uso, la venta y la comercialización de productos cosméticos que contengan TPO (Trimethylbenzoyl Diphenylphosphine Oxide).
Sin embargo, es importante recordar que las esteticistas y otros profesionales del sector también forman parte de la cadena de distribución y, por lo tanto, están sujetos a las mismas obligaciones de no comercialización y eliminación de los productos no conformes a partir de esa fecha.
Por lo tanto, te invitamos, en protección de tu actividad, a verificar que a día de hoy no haya productos que contengan TPO en tus salones y, en su caso, a proceder a su correcta eliminación según las modalidades previstas.
Además, deseamos recordar que los proveedores no están obligados a retirar los productos que contienen TPO, tal y como establece claramente la normativa (Reglamento (UE) 2025/877).
Si tienes alguna duda, estamos a tu entera disposición. No dudes en ponerte en contacto con nosotros.